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A
partir de ahora, estar en posesión del permiso de conducir no basta
para ejercer la profesión de conductor de mercancías o viajeros por
carretera, sino que es obligatoria la obtención de un Certificado de
Aptitud Profesional “CAP”, con una formación inicial ordinaria de 280
horas de duración o acelerada de 140 horas y, una formación continua de
35 horas de duración cada cinco años.
El
CAP es obligatorio desde el 11-09-2008 para el transporte profesional
de viajeros y desde el 11-09-2009 para transporte profesional de
mercancías. ¿A qué conductores afecta?
A aquellos que deban conducir vehículos de empresas establecidas en
cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte
obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las
categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.
¿A partir de cuándo es exigible el CAP?
En relación con la exigencia del CAP es necesario diferenciar entre la
exigencia de la cualificación inicial y la de la formación continua. La
cualificación inicial se exigirá: - Para los conductores titulares de los permisos D1, D1+E, D, D+E expedidos a partir del 11 de septiembre de 2008.
- Para los conductores titulares de los permisos C1, C1+E, C, C+E expedidos a partir del 11 de septiembre de 2009.
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PRÓXIMO CURSO DEL CAP
para el Transporte de MERCANCÍAS y de VIAJEROS
CURSOS CAP MADRID comunica la convocatoria de nuevos Cursos para la obtención del CAP para el transporte de MERCANCÍAS y de VIAJEROS válidos para los permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E:
Fecha de inicio de los cursos: SEPTIEMBRE 2010
Fecha de fin de los cursos: SOLICITE INFORMACIÓN
Fecha límite de inscripción: SEPTIEMBRE 2010
Fecha de examen: SOLICITE INFORMACIÓN
PLAZAS LIMITADAS
Para solicitar más información, pinche el botón de abajo.
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